Certificado médico de embarque marítimo

Toda la gente de mar ha de estar en posesión de un certificado médico de embarque marítimo, válido y en vigor, de acuerdo con la legislación de la mayoría de los países marítimos.

Los alumnos que realizan cursos de formación profesional en Escola Port reciben asesoramiento antes, durante y después de su estancia en la escuela para que sus trámites los puedan realizar sin dificultades y facilitarles el acceso al sector. Uno de las gestiones que suelen dar ciertos quebraderos de cabeza es el certificado médico de embarque marítimo, en este artículo te explicamos al detalle cuales son los requisitos y opciones que tienes para obtenerlo.

Nuestro objetivo principal es que todos y cada uno de nuestros alumnos vean en el sector marítimo las oportunidades que el mar les puede ofrecer con dedicación y formación.

Certificado médico de embarque marítimo.

Con el fin de reducir los riesgos que puedan plantear a otros miembros de la tripulación, la seguridad del funcionamiento del buque, así como para preservar su propia seguridad y salud la gente de mar debe someterse a reconocimientos médicos que garanticen que sus condiciones psicofísicas son compatibles con las características de su puesto de trabajo.

El Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar STCW prevé que todos los marinos que presten servicio en el mar deben estar en posesión de un título y/o certificados de especialidad expedido en conformidad con el Convenio y además deberán poseer un certificado médico de embarque marítimo válido expedido de conformidad con lo dispuesto en la regla I/9 y la sección A-I/9 del Código de Formación.

En España el Instituto Social de la Marina realiza el reconocimiento médico previo al embarque, el derecho a realizar el reconocimiento es gratuito.

Obtener el certificado médico de embarque marítimo.

Existen dos situaciones en las que se necesita realizar el reconocimiento médico para obtener el certificado médico de embarque marítimo.

1. Para el embarque y el desempeño de funciones a bordo.

2. Para la expedición de ciertos certificados de especialidad y titulaciones de la marina mercante.


Para el embarque y el desempeño de funciones a bordo.

Para poder embarcar y trabajar a bordo es requisito indispensable obtener el APTO en el reconocimiento médico.

Marinos de nacionalidad española.

Para obtener el certificado médico de embarque, en la actualidad el ISM requiere el aporte del certificado de Formación Básica en Seguridad STCW A VI/1 y la libreta marítima

Marinos de nacionalidad extranjera.

Serán válidos los certificados extendidos en sus países de residencia o el que se les exijan para navegar en los buques en los que embarcan en caso de:

  • Residir el titular en el extranjero.
  • Navegar en buques extranjeros.
  • No navegar en buques de bandera española

En los casos mencionados los marinos de nacionalidad extranjera no tienen derecho a obtener el certificado médico de embarque marítimo realizado por el Instituto Social de la Marina.

Para obtener el certificado médico de embarque marítimo, gratuito, realizado por el ISM y acceder a buques de bandera española los marinos de nacionalidad extranjera  deberán disponer de un precontrato laboral.


Para la expedición de ciertos certificados de especialidad y titulaciones de la marina mercante.

Marinos con nacionalidad española.

Bastará con solicitar revisión médica junto con el certificado de Formación Básica en Seguridad y la libreta marítima.

Marinos de nacionalidad extranjera.

Se requiere disponer de una revisión médica otorgada por un organismo oficial de otro país o del propio ISM.

Teniendo en cuenta lo anterior, tendrán derecho a acceder al reconocimiento médico de embarque marítimo que  realiza el Instituto Social de la Marina para estos fines, quienes NO disponiendo de un certificado extendido en su país de origen como se indica en la disposición adicional mencionada, justifiquen que lo requieren para obtener alguna de las titulaciones o certificados de especialidad de la marina mercante, mediante la presentación de una copia compulsada del impreso oficial de “Solicitud de titulaciones profesionales y certificados de especialidad” debidamente firmado y registrado por una Capitanía marítima.

Titulaciones o certificados de especialidad de la marina mercante que requieren del certificado médico de embarque para su expedición.

  • Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).
  • Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).
  • Patrón profesional de embarcaciones de recreo – PPER (Disposición Adicional Quinta).
  • Buques de Pasaje
  • Capitán de la marina mercante.
  • Piloto de primera de la marina mercante.
  • Piloto de segunda de la marina mercante.
  • Patrón de altura.
  • Patrón de litoral.
  • Patrón portuario.
  • Jefe de máquinas de la marina mercante.
  • Oficial de máquinas de primera de la marina mercante.
  • Oficial de máquinas de segunda de la marina mercante.
  • Oficial electrotécnico de la marina mercante.
  • Mecánico mayor naval.
  • Mecánico naval.
  • Oficial radioelectrónico de primera de la marina mercante.
  • Oficial radioelectrónico de segunda de la marina mercante.