Libreta marítima y DIM: Cómo sacarla y tipos
La libreta marítima o pasaporte marítimo es uno de los documentos solicitados para trabajar en el mar tanto en España como en otros países.
En su interior se registran los embarques realizados como tripulante a bordo de buques y embarcaciones profesionales.
¿Quién puede tener la libreta de navegación marítima?
Como punto de partida debemos saber que la libreta de inscripción marítima es un requisito imprescindible para poder trabajar a bordo y ser marino , además de disponer del curso de formación básica en seguridad marítima en vigor.
Y, como documento identificativo del marino profesional nos sirve esta libreta marítima de la que hablamos.
En España están obligados a disponer de ella todo tripulante de nacionalidad española, y en el caso de ciudadanos con otra nacionalidad deberán estar en posesión de un DIM, o libreta de inscripción marítima internacional, emitida por su país natal o de residencia de acuerdo con la normativa internacional.
Libreta marítima España
Por lo tanto, en España podrán solicitar la libreta marítima los ciudadanos españoles que formen o vayan a formar parte de las tripulaciones de los buques mercantes o de pesca nacionales o extranjeros, que realicen navegación en aguas internacionales.
Quien no tenga nacionalidad española, no podrá expedir el pasaporte marítimo en España, tendrá que hacerlo en su país; pero… ¡que no salten las alarmas!, en capitanía se pueden solicitar hojas de embarque y desembarque, éstos un documento oficial donde quedará sellado el embarque y desembarque que se vaya realizando.
¿Cómo sacar la libreta marítima?
Puedes sacar la libreta marítima en cualquier Capitanía Marítima o en los Servicios Centrales de la Dirección General de la Marina Mercante.
Una vez obtenido el diploma del curso de Formación Básica en seguridad (STCW) y haber tramitado el certificado oficial e internacional en capitanía, se podrá solicitar la expedición de la libreta marítima.
En la actualidad existen dos tipos de documentos de identificación para el marino:
- Libreta Marítima Española (en extinción)
- Libreta Marítima Internacional (nuevo formato DIM)
La diferencia es que la libreta marítima española es válida para embarcar en buques con bandera Española y, en cambio, la libreta marítima internacional, que se conoce en el sector marítimo como libreta DIM o DIM, (Documento de Identidad del Marino) es un documento de identidad de la gente de mar, emitido por la administración marítima española que permite embarcar en buques Españoles y de otros países.
Cambios recientes sobre la libreta marítima
Hace unos meses entró en vigor un nuevo formato para disponer de un único documento nacional e internacional.
La Libreta Marítima se desliga del Documento de Identidad del Marino, aunque se podrá seguir utilizando sin problemas hasta que el DIM caduque y/ o mientras haya en la Libreta hojas de embarque disponibles.
La nueva tarjeta DIM tiene integrado también un chip cuyos datos están firmados por la Policía Nacional, conforme a las especificaciones de la OACI y como responsable y garante para la comprobación de los datos de identidad de los marinos, en virtud de la legislación vigente. Además, la huella dactilar, insertada en el antiguo formato en un código de barras, se ha sustituido por una imagen facial almacenada en un chip electrónico sin contacto.
Si el marino va a trabajar en aguas nacionales con la Libreta Marítima es más que suficiente, solo en el caso en que vayan a realizar navegaciones extra nacionales es razonable tramitar la DIM, en este último caso deberán aportar contrato u oferta de trabajo.
Actualmente, con la introducción de la DIM en formato tipo tarjeta, para la expedición de la DIM se ha de disponer previamente de la libreta marítima de aguas nacionales.
Tipos de libretas necesarias para el embarque; la Libreta Marítima (navegación nacional) y la tarjeta DIM (navegación extranacional).
¿Qué documentación hay que presentar para expedir la libreta marítima?
Primero, es importante tener claros los siguientes 2 requisitos:
1. Tener nacionalidad española.
2. Estar en posesión de un título o tarjeta profesional de la marina mercante / o de pesca, o del certificado de formación básica.
Documentación para el trámite:
- Una solicitud normalizada, cumplimentada y firmada por el interesado, o quien le represente (se anexa).
2. Dos fotografías tamaño pasaporte, con nombre y apellidos escritos a lápiz en el dorso, en las que el interesado estará con la cabeza descubierta y sin gafas oscuras.
3. Documento Nacional de Identidad:
- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o
- Fotocopia del Pasaporte Español en vigor
4. Resguardo de ingreso en la cuenta corriente número ES17-0128-0899-7501-0001-8733 de BANKINTER, por un valor total de 1,84 €.
5. Fotocopia compulsada de una tarjeta profesional marítima o de un certificado de seguridad o especialidad marítima. Será admisible además fotocopia compulsada del resguardo de solicitud de una tarjeta profesional o de un certificado de seguridad o especialidad marítima.
Formas de presentar la solicitud
La documentación se presentará, preferentemente, en la Capitanía Marítima o en los Servicios Centrales de la Dirección General de la Marina Mercante (Madrid).
La solicitud puede realizarse mediante sede electrónica (para lo que se requiere firma digital), enlace de solicitud:
En caso de no disponer de firma digital, tendrá que solicitar cita previa para su trámite, más abajo se indica enlace.
¿Cómo expedir la DIM? (requiere de libreta marítima nacional)
La DIM (documento de identidad del marino) es un documento de identidad de la gente de mar exclusivamente para navegación exterior o extranacional.
Requisitos para obtener la Libreta Marítima DIM:
1. Tener nacionalidad española.
2. Estar en posesión de un título o tarjeta profesional de la marina mercante / o de pesca, o del certificado de formación básica o marinero pescador.
3. Formar parte de la tripulación de:
- Buques mercantes de bandera española o extranjera que realicen navegación exterior o extranacional.
- Buques pesqueros de bandera española o extranjera que faenen en aguas internacionales.
- Buques de transporte marítimo de cabotaje que escalen en puertos de otros estados.
4. No poseer ni haber solicitado la expedición de Libreta Marítima DIM en otro Estado.
5. Disponer de la Libreta Marítima Nacional.
Documentación para el trámite del DIM:
- Una solicitud normalizada debidamente cumplimentada (se adjunta).
- Una fotocopia de algún documento de identidad del solicitante o de la solicitante que acredite la nacionalidad española; alguno de los siguientes casos:
- Documento nacional de identidad (DNI) o pasaporte, en vigor o
- Documento nacional de identidad (DNI) o pasaporte caducado, acompañado del resguardo acreditativo de haber solicitado su renovación, que será devuelto en el acto de su presentación una vez comprobados los datos de este documento con los reflejados en la solicitud o
3. Consentimiento expreso para que sus datos de identidad puedan ser consultados por la Dirección General de la Marina Mercante en virtud de los dispuesto en el RD 522/2008 de 28 de abril.
4. Una fotografía del rostro del solicitante tamaño carné, en color y con fondo claro, liso y uniforme, tomada de frente, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida la identificación de la persona.
- Dimensiones máximas 45 x 35 mm. // Dimensiones mínimas 26 x 32 mm.
5. Pago de las tasas que correspondan para el modelo 790-094 (tasas actuales) Importe tasa: 42,88 €. La encontrarás en el enlace: https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/TASAS/AUTOLIQUIDABLES/
6. Copia cotejada del título o tarjeta profesional de la Marina Mercante o de Pesca que posee, y/o del certificado de formación básica o marinero pescador.
7. Estar navegando en buques mercantes dedicados a navegación exterior o extranacional, o en buques de pesca que faenan aguas internacionales, o aportar contrato u oferta de trabajo.
Enlace para solicitar cita previa: